La ayuda familiar es un subsidio muy popular que se otorga mensualmente a los parados con responsabilidades familiares que ya han agotado la prestación por desempleo o que no tienen la posibilidad de cobrarla, por distintos motivos. Es una ayuda desarrollada por el Estado español para aquellas personas que carecen de renta y tienen familias a cargo.
¿Qué es la ayuda familiar?
La ayuda familiar es el nombre con el que se llama a dos subsidios de desempleo. Es el nombre coloquial que se le otorga a dos prestaciones que son distintas entre sí, tanto en lo que respecta al pago como a los requisitos y a la duración.
Por un lado, la ayuda familiar refiere a un subsidio que una persona puede cobrar inmediatamente después de haber terminado el cobro del paro normal. Esta es la prestación contributiva que una persona puede tener por contar con al menos un año cotizado, siempre que no se tenga rentas y se tengan responsabilidades familiares.
Por otro lado, encontramos el concepto de ayuda familiar para referir a un subsidio que se cobra cuando no se tiene acceso al paro normal. Generalmente, es cuando una persona no tiene al menos un año cotizado pero sí tiene por lo menos 90 días y posee, además, responsabilidades familiares.
Hoy en día, la ayuda familiar es un subsidio de 463,21 euros al mes. Este monto supone el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En 2022 experimentó una subida del 2,5% sobre la ayuda del año 2021.
“Hoy en día, la ayuda familiar es un subsidio de 463,21 euros al mes. Este monto supone el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En 2022 experimentó una subida del 2,5% sobre la ayuda del año 2021”.
Requisitos para cobrar la ayuda familiar
Para poder acceder a la ayuda familiar, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber agotado el paro, que es la prestación contributiva por desempleo.
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo por al menos un mes desde la finalización del paro.
- Tener responsabilidades familiares: hijos menores de 26 años, hijos con discapacidad, cónyuge a su cargo. Es importante recordar que no es solamente para quienes tienen hijos, sino que una persona casada en paro puede pedir la ayuda familiar si el otro cónyuge depende económicamente de ella.
- No poseer rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional: se pide que el solicitante no tenga rentas propias superiores al 75% del SMI en 2022 y, después de verificado este requisito, se calculan las rentas medias de la unidad familiar, que tampoco deben superar dicho número.
¿Cómo solicitar la ayuda familiar?
Para poder solicitar la ayuda familiar en caso de cumplir con los requisitos anteriores, las posibilidades son las siguientes:
- En caso de tener certificado digital, clave o DNI electrónico, se puede pedir mediante la Sede Electrónica del SEPE.
- De no contar con lo anterior, es posible ingresar al nuevo formulario de pre-solicitud. Es un servicio que permite solicitar los subsidios online sin certificados digitales. El solicitante envía la información del subsidio que va a pedir y cuando lo recibe el gestor lo tramita y contacta con la persona en caso de que se requiera más información.
- Si se prefiere o si no se ha logrado mediante los métodos anteriores, es posible hacer la solicitud personalmente en las oficinas de empleo, siempre con cita previa.
Por otra parte, es importante tener en cuenta los plazos. El plazo para pedir la ayuda familiar es de 15 días hábiles después del cumplimiento del mes de espera. Cuando hablamos de mes de espera, nos referimos a que hay que dejar pasar un mes desde que se ha agotado el paro.
En caso de que el solicitante cumpla también los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años, será este el que reciba y no la ayuda familiar, debido a que este subsidio es más beneficioso.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a lo establecido, se puede volver a solicitar una vez haya pasado un año y si la situación cambia y se pasa a cumplir con los requisitos.
“El plazo para pedir la ayuda familiar es de 15 días hábiles después del cumplimiento del mes de espera. Cuando hablamos de mes de espera, nos referimos a que hay que dejar pasar un mes desde que se ha agotado el paro”.
¿Durante cuánto tiempo se cobra la ayuda familiar?
Por norma general, la ayuda familiar se puede cobrar por hasta 18 meses. Es decir, se cobran 6 meses y después el subsidio puede ser renovado hasta dos veces más. Por eso, se podría llegar al total de 18 meses.
Pese a ello, hay algunas excepciones. Una es la de los desempleados menores de 45 años con responsabilidades familiares que agotaron la prestación contributiva de 6 meses como mínimo. Estos pueden acceder a una cuarta prórroga hasta los 24 meses total.
En el caso de los desempleados mayores de 45 años que hayan agotado la prestación contributiva de 4 meses y tengan responsabilidades familiares, también pueden prorrogar una vez más, totalizando 24 meses.
Para los desempleados mayores de 45 años con responsabilidades familiares que han agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, estos tienen derecho a otras dos prórrogas, pudiendo llegar a los 30 meses.
¿Por qué te pueden denegar la ayuda familiar?
Existen distintos motivos que pueden llevar a que se te deniegue la ayuda familiar. Los más comunes son los siguientes:
- No haber renovado la demanda de empleo.
- Incumplir con el compromiso de actividad con el SEPE.
- No haber renovado el subsidio por desempleo.
- Trabajar fuera de España.
- Contar con rentas superiores al 75% del SMI.
En muchos de estos casos, es posible estarse exponiendo a sanciones por parte del SEPE, incluyendo la suspensión temporal de la ayuda familiar. En otros casos, se puede llegar a la retirada completa de esta, como es el caso de contar con renta superior al monto establecido.
¿Puedo cobrar ayuda familiar si trabajo media jornada?
Si mientras se está cobrando la ayuda familiar se empieza a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial, la persona tiene la posibilidad de optar por suspender su prestación o de compatibilizarla.
En caso de que se haya interrumpido la prestación y el contrato dure menos de 360 días, cuando este finalice se puede solicitar la reanudación de la prestación interrumpida.
Por el contrario, si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice se puede volver a solicitar una prestación nueva con estas cotizaciones o reanudar la interrumpida al empezar a trabajar. En este último caso, las cotizaciones que se hubieran usado para generar la nueva prestación no podrán tenerse en cuenta para una posterior.
¿Puedo facturar estando jubilado? ¿Cuánto?
En España es posible cobrar una pensión de jubilación y trabajar por cuenta propia, siempre que no se tengan ingresos superiores al salario mínimo interprofesional. Si no se supera este límite, no se está en obligación de cotizar a la Seguridad Social, aún existiendo obligaciones de tipo fiscal para facturar.
Por otro lado, el trabajo por cuenta propia se puede realizar siempre que se haya jubilado a la edad reglamentaria y que se tenga una pensión calculada por el 100% de la base regulada.
También es posible en el país realizar actividades profesionales para las que no se necesite de una colegiación. Ello, para quienes se den de alta en una mutua o no tengan que estar dados de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. En esos casos también es posible facturar y estar jubilado.
“En España es posible cobrar una pensión de jubilación y trabajar por cuenta propia, siempre que no se tengan ingresos superiores al salario mínimo interprofesional”.