En la actualidad, a la hora de dejar herencia, una persona puede acceder a distintos tipos de testamentos. El testamento abierto es un documento en el que el testador expresa su última voluntad en presencia de quienes deben autorizar este acto notarial. Así, las personas quedan enteradas anticipadamente del contenido del testamento, dejando de ser un documento secreto.
A continuación, vamos a contarte detalladamente en qué consisten los testamentos abiertos y cómo funcionan.
¿Qué es un testamento abierto?
Lo primero que podemos decir respecto de los testamentos abiertos es que son testamentos que están regulados por el artículo 679 del Código Civil. Es un documento que se otorga ante un notario en una escritura pública.
Un testamento se considera abierto cuando el testador manifiesta su última voluntad en la presencia de las personas que están capacitadas y que deben autorizar el acto. Estas personas serán quienes conozcan con detenimiento el contenido propuesto en el testamento.
Si bien es cierto que el testamento abierto tiene un coste, se considera más beneficioso que otros. Para su redacción se necesita que el testador cuente con la asesoría jurídica de un notario, siendo esto lo que garantiza que el testamento no pueda ser anulado por incumplimiento con lo establecido en la Ley o por defectos en su forma.
Además, el testamento original, una vez realizado, queda bajo la custodia del notario. Este es el que se encarga de inscribirlo en el Registro General de Últimas Voluntades. Es lo que permite garantizar su confidencialidad, integridad y accesibilidad.
“Un testamento se considera abierto cuando el testador manifiesta su última voluntad en la presencia de las personas que están capacitadas y que deben autorizar el acto. Estas personas serán quienes conozcan con detenimiento el contenido propuesto en el testamento”.
Requisitos de los testamentos abiertos
Teniendo en cuenta lo mencionado con anterioridad, podemos decir que el primer requisito del testamento es que este sea realizado en presencia de un notario que es el que se encarga de redactar el documento. Durante esto, el testador tiene la obligación de expresar de forma oral cuál es su voluntad, para que eso dicho sea escrito por el notario.
El notario, además, debe indicar el lugar y la fecha en que se ha otorgado el testamento en cuestión.
Dentro de los requisitos que se deben cumplir para que un testamento pueda ser considerado testamento abierto, encontramos los siguientes:
La persona debe estar en pleno uso de sus facultades
El primer requisito que se debe cumplir, por parte de la persona que otorga el testamento, es que esta esté en pleno uso de sus facultades y capacidades intelectuales. Además, debe estar en lo que se considera “en su sano juicio” y ser mayor de 14 años.
El notario debe estar habilitado
El segundo requisito hace referencia al notario, el cual debe estar habilitado para ejercer este acto que está regulado en la Ley del Notariado. Así, el notario, al escuchar la voluntad del testador, debe redactar y autorizar el testamento abierto, incorporándolo después en el protocolo de la Notaría que es donde va a permanecer.
Algo a considerar es que el notario está obligado a informar del acto de última voluntad de la persona al Registro General. El principal objetivo de este registro es facilitar información sobre si alguna persona ha otorgado actos de última voluntad como son los testamentos.
Diferencia entre testamento abierto y cerrado
El testamento cerrado se define como un documento que se hace de forma privada y sin la necesidad de que haya vestidos de por medio. El contenido de estos testamentos se hace conocido por los beneficiarios después del fallecimiento de la persona y después de haber cumplido con todos los trámites necesarios para su conocimiento.
Teniendo esto en cuenta, podemos decir que las principales diferencias entre un testamento abierto y un testamento cerrado son las siguientes:
- El testamento abierto se da a conocer a viva voz y a través de testigos, siempre frente a un notario. En cambio, el testamento cerrado se realiza de forma privada y nadie lo conoce hasta el fallecimiento si la persona no lo desea así.
- En el testamento abierto se requiere de un mínimo de tres testigos, mientras que en el testamento cerrado se necesitarían cinco.
- En el testamento cerrado puede ocurrir que el notario desconozca el contenido del mismo, mientras que en el abierto es quien se encarga de la redacción de la voluntad de la persona.
“El testamento cerrado se define como un documento que se hace de forma privada y sin la necesidad de que haya vestidos de por medio. El contenido de estos testamentos se hace conocido por los beneficiarios después del fallecimiento de la persona y después de haber cumplido con todos los trámites necesarios para su conocimiento”.
Tipos de testamentos abiertos
En la actualidad, podemos encontrarnos con distintos tipos de testamentos abiertos. Estos se clasifican especialmente en ordinario y extraordinario. En este sentido, podemos describirlos de la siguiente manera:
El testamento abierto ordinario
Cuando hablamos de testamento abierto ordinario, estamos haciendo referencia a aquel que se otorga ante la presencia de un notario. Ello, siempre cumpliendo con todos los requisitos que se establecen en la ley para ser concebido como tal.
El testamento abierto extraordinario
Por su parte, el testamento abierto extraordinario es el que se hace solamente en ciertas situaciones:
- Cuando hay una epidemia corriendo:
En caso de haber una epidemia en el país, se puede hacer un testamento abierto sin que sea necesario presentarse ante un notario. Lo que se necesita en este caso es que se haga ante tres testigos que sean, en todos los casos, mayores de 16 años.
- Cuando haya peligro de muerte del testador:
Si se considera que hay peligro de muerte inminente del testador, también se puede hacer un testamento abierto en la presencia de cinco testigos. Si se cumple con este requisito, tampoco es necesario que el testamento se redacte con la presencia de un notario.
¿Cuál es mejor, el testamento abierto o el cerrado?
Para poder responder a esta pregunta, lo primero que se puede decir es que el testamento abierto tiende a ser más seguro en cuanto a garantizar que cumpla con las formalidades que la ley exige para que sea considerado válido, debido a que es redactado por un notario que conoce cómo debe hacerse en este sentido.
Por eso, el contenido del testamento se ajusta más fácilmente al derecho y a las voluntades del testador y no se corre el riesgo de que pueda ser rechazado por errores en su formulación. Además, el testador tiene la posibilidad de obtener asesoría directa del notario para conocer todo respecto al reparto legal de sus bienes, aspectos tributarios, entre otras cosas.
Por otra parte, el testamento abierto queda en poder del notario, haciendo que sea más fácil de encontrar en el Registro de Últimas Voluntades para verificar su existencia. El único inconveniente que se suele destacar en este tipo de testamento es que su contenido ya no es secreto.
“El testamento abierto tiende a ser más seguro en cuanto a garantizar que cumpla con las formalidades que la ley exige para que sea considerado válido, debido a que es redactado por un notario que conoce cómo debe hacerse en este sentido”.