Cuando una persona está de baja, una de las dudas que aparece con más frecuencia es si la empresa tiene la posibilidad de despedirla en ese momento. En esta ocasión, vamos a responder a esta y muchas otras preguntas que pueden aparecer al respecto, para que sepas cómo actuar según cada caso.
¿Te pueden despedir estando de baja?
La respuesta a esta pregunta es sí. El hecho de que un trabajador se encuentre de momento de baja no es un impedimento para la empresa en caso de que esta decida proceder a su despido o finalizar su contrato en caso de ser temporal.
No obstante, lo que es importante aclarar es que, en caso de que el despido efectivamente se produzca, lo que se debe valorar es si existe o no una causa para haber procedido a este. Esto se debe a que el solo hecho de estar de baja por incapacidad temporal no puede nunca, por ley, ser causante del despido en cuestión.
En caso de que este sea el justificante, se puede proceder a la nulidad del despido.
“El solo hecho de estar de baja por incapacidad temporal no puede nunca, por ley, ser causante del despido en cuestión”.
Lo que se debe tener en cuenta para entender esto es que existen dos causas por las que una empresa puede proceder al despido de un trabajador. Estas son:
- Despido objetivo:
Es el caso en que se produce el despido por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción. Es decir, donde el problema viene de la propia empresa que necesita eliminar ese puesto de trabajo. También puede haber despido objetivo por ineptitud sobrevenida o por falta de adaptación del trabajador al puesto.
- Despido disciplinario:
En este caso, es el despido que se da por un comportamiento grave y culpable del trabajador.
Entendiendo que estas son las dos causantes de despido, el hecho de estar de baja por incapacidad temporal no puede nunca ser un justificante para ello.
¿Te pueden despedir estando de baja con contrato indefinido?
En caso de que el trabajador despedido tenga un contrato de duración indefinida con la empresa y se encuentre en baja de larga duración por enfermedad o por lesión incapacitante, el despido se declara nulo.
Pasos a seguir si me echan estando de baja
Teniendo en cuenta lo dicho anteriormente, el trabajador despedido tiene derecho de impugnar el despido en caso de que el causante de este haya sido la propia baja. En ese caso, el plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles. Estos se cuentan a partir del día siguiente de la fecha de efecto del despido, debido a que estar de baja no pausa este plazo.
En caso de que el trabajador no haya recibido ninguna carta de despido ni burofax, se actúa de la misma manera que si fuese un despido verbal. En esta ocasión, se recomienda enviar un burofax a la empresa, pidiendo una explicación. En este, se debe indicar también que, de no recibir respuesta, es un despido tácito.
Una vez que se ha registrado la demanda de impugnación, el SMAC hace una citación de las dos partes a un acto previo de conciliación obligatorio, que tiene como objeto alcanzar un acuerdo entre ambos, para evitar el posterior juicio.
Algo muy importante a tener en cuenta es que, si se considera que la causa de despido ha sido la baja, se debe redactar muy bien la papeleta de conciliación indicando todos los hechos. Esto se debe a que ningún hecho que no se encuentre allí podrá ser después traído a colación en una futura demanda social.
“En caso de que el trabajador no haya recibido ninguna carta de despido ni burofax, se actúa de la misma manera que si fuese un despido verbal. En esta ocasión, se recomienda enviar un burofax a la empresa, pidiendo una explicación”.
¿Si estoy de baja y me despiden, quién me paga?
Si el trabajador estuviera de baja médica y fuera despedido, pasa a cobrar la baja que es pagada por el INSS. La prestación se va a corresponder a la misma cantidad que cobraría estando de paro. Cuando sea dado de alta médica, seguirá percibiendo la prestación, pero en este caso por parte del SEPA.
En caso de una incapacidad temporal por enfermedad profesional o por accidente laboral, quien paga es la Mutua. En este caso, a diferencia del anterior, no se consume paro estando de baja.
¿Es legal un despido por viajar estando de baja?
Lo primero que se puede decir es que no existe ningún ordenamiento jurídico español que prohíba los desplazamientos durante el tiempo en que se está de baja por incapacidad temporal.
De todos modos, de acuerdo a la Ley General de la Seguridad Social, se determina que cualquier trabajador que actúe de forma fraudulenta puede perder el subsidio que le corresponde por la baja. Lo mismo sucede en caso de abandonar el tratamiento médico sin que haya un motivo que lo justifique adecuadamente.
Hay que tener en cuenta que, cuando una persona está de baja, debe usar todos los medios a su alcance para recuperarse velozmente. Por eso, no solamente se recomienda el reposo, en caso de ser indicado, sino realizar todas las visitas médicas correspondientes a su caso.
¿Es posible el despido?
En enfermedades como la depresión u otras que no significan una dificultad para los desplazamientos, los viajes pueden ser incluso recomendados para la pronta recuperación.
No obstante, si se tratase de una enfermedad o lesión que genere la necesidad de hacer reposo, mantenerse en un lugar o acudir a citas médicas, es posible que el trabajador en baja que quiera hacer un viaje se exponga a sanciones.Si durante la baja, el viaje o las actividades que se decida realizar impiden la adecuada recuperación, la empresa puede considerar que hay una transgresión de la buena fe contractual e imponer una sanción o, incluso, despedir.